Recordar, que en caso de delito para que la prueba sea válida y no sea solicitado su rechazo por la parte contraria en caso de juicio, los sistemas de videovigilancia han de cumplir tres requisitos:
- Tener un mantenimiento o revisión periódica realizado por una empresa especializada.
- Que la extracción de las grabaciones haya sido realizada por el delegado, encargado, o un responsable de protección de datos. A excepción de cuando hayan sido realizadas por una empresa de seguridad privada.
- Estar legalizados respecto a la normativa vigente desde Mayo de 2018, las legalizadas con la normativa anterior hay que volver a legalizarlas.
Con que uno de los tres requisitos anteriores no se cumpla la prueba puede no ser válida en un juicio y por lo tanto sus clientes tendrían un sistema de videovigilancia que no cumpliría los objetivos con los que se instaló.
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